Facturación · Verifactu
Declaración SIF
Declaración del titular sobre la naturaleza de GastronomyHub a efectos del Real Decreto 1007/2023, por el que se regulan los sistemas informáticos de facturación.
Documento en preparación. Se encuentran pendientes de consignar los datos
identificativos del titular (src/data/legal.ts); en tanto no se completen,
el presente documento no satisface las exigencias del artículo 10 de la Ley 34/2002.
1. Objeto y marco normativo
El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos que soporten los procesos de facturación, y la Orden HAC/1177/2024, que lo desarrolla, regulan los denominados sistemas informáticos de facturación (en adelante, SIF): aquellos empleados por empresarios y profesionales para la expedición de sus facturas.
Dicha normativa exige que tales sistemas garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, encadenen cada registro con el inmediatamente anterior mediante huella o hash, incorporen el código «QR tributario» y, en la modalidad de remisión voluntaria denominada Verifactu, transmitan los registros a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El productor de un SIF está obligado a certificar su conformidad mediante declaración responsable. La presente declaración tiene por objeto determinar y hacer pública la posición de GastronomyHub respecto de dicha obligación.
2. Naturaleza de GastronomyHub: ausencia de la condición de sistema informático de facturación
PENDIENTE DE COMPLETAR declara que GastronomyHub no constituye un sistema informático de facturación en el sentido del Real Decreto 1007/2023, ni se produce, comercializa u oferta como tal. La aplicación no expide facturas ni facturas simplificadas correspondientes a las operaciones realizadas por el establecimiento usuario. En particular:
- Los documentos generados para cocina y estaciones de producción constituyen comandas internas, destinadas exclusivamente a la organización del servicio. Carecen de importe con efectos fiscales, de serie, de numeración correlativa y de los datos identificativos del expedidor exigidos por el Reglamento de facturación.
- El documento que se muestra al comensal constituye la cuenta: una relación informativa de lo consumido y de su importe, previa al cobro, sin naturaleza ni efectos de factura.
- El cobro al comensal, cuando el establecimiento lo habilita, se procesa por la entidad de pago en la cuenta del propio establecimiento. El documento resultante es un justificante de la operación de pago y no una factura.
- La aplicación no genera huella encadenada, ni código «QR tributario», ni remite registro de facturación alguno a la Administración tributaria, por inexistencia de facturas expedidas a través de ella.
En consecuencia, no resulta exigible ni procedente la declaración responsable de productor de sistemas informáticos de facturación prevista en el artículo 13 del Reglamento, al no producirse ni comercializarse sistema alguno de esa naturaleza.
3. Obligaciones que subsisten para el establecimiento usuario
De lo anterior se sigue que GastronomyHub no sustituye al sistema de facturación del establecimiento. La obligación de expedir las facturas y facturas simplificadas correspondientes a sus operaciones, en los términos del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, permanece íntegramente en el establecimiento usuario, que deberá cumplirla mediante un sistema conforme al Real Decreto 1007/2023 —terminal punto de venta, programa de gestión o los medios que le facilite su asesoría—, o por los cauces que la normativa admita atendiendo a su situación particular.
GastronomyHub opera de forma complementaria a dicho sistema: gestiona la carta, el pedido, la producción, la sala y el cobro, y pone la información de las operaciones a disposición del establecimiento para su facturación por los medios que este ya emplea. Las integraciones disponibles permiten trasladar esa información al programa de gestión correspondiente.
Se advierte, a los efectos oportunos, que la habilitación de funciones de pedido o de cobro por parte de un proveedor tecnológico no comporta, por sí sola, el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Real Decreto 1007/2023. Únicamente los sistemas que expiden las facturas del obligado tributario están sujetos a dicho régimen y a la correspondiente declaración responsable de su productor.
4. Facturación de las suscripciones de GastronomyHub
En su condición de obligado tributario establecido en territorio español, PENDIENTE DE COMPLETAR expide las facturas correspondientes a las suscripciones que factura a sus clientes mediante un sistema adaptado a la normativa vigente. El reparto de funciones es el siguiente:
- Stripe Payments Europe, Ltd. tramita el cobro. El justificante que emite no tiene la consideración de factura conforme al ordenamiento español, al carecer de la serie y numeración del expedidor.
- Holded expide la factura, con serie y numeración correlativa, desde un sistema de facturación adaptado a la normativa. Es el documento con eficacia fiscal a efectos de deducción del gasto por el cliente.
- PENDIENTE DE COMPLETAR conserva la referencia de ambos documentos y los pone a disposición del cliente en el apartado de Facturación de la aplicación.
El tipo impositivo aplicado se determina a partir del efectivamente repercutido en el cobro y no se presume: las entregas intracomunitarias con número de operador intracomunitario válido se facturan al 0 % por inversión del sujeto pasivo. La expedición de la factura requiere que el cliente haya completado previamente sus datos fiscales —denominación social, número de identificación fiscal y domicilio—; la aplicación advierte de los datos que resulten pendientes con anterioridad al primer cobro.
5. Vigencia y revisión de la presente declaración
En el supuesto de que GastronomyHub pasara a expedir facturas correspondientes a las operaciones del establecimiento usuario, adquiriría la condición de sistema informático de facturación y quedaría sujeto al cumplimiento íntegro del Reglamento, así como a la publicación en esta misma dirección de la correspondiente declaración responsable, con indicación de la versión del software a que se refiera. En tanto la presente declaración permanezca publicada en sus términos actuales, tal supuesto no concurre.
6. Contacto
Las consultas relativas a la facturación pueden dirigirse a facturacion@gastronomyhub.es. El presente documento describe el funcionamiento del producto y no constituye asesoramiento fiscal; la determinación de las obligaciones tributarias concretas que incumben a cada obligado corresponde a su asesor.